El TSJM reconoce que el permiso parental genera vacaciones

La sentencia, dictada el pasado 5 de junio, confirma lo ya resuelto por el Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid en 2024: este permiso debe computarse como tiempo de trabajo efectivo a efectos del devengo de vacaciones, de la misma manera que sucede en casos de baja médica o permiso por nacimiento.

Un fallo que protege la conciliación

El caso enjuiciado partía de una trabajadora con reducción de jornada a la que la empresa, tras concederle el permiso parental, le obligó a trabajar en días que no le correspondían e incluso llegó a suspender de forma ilegal su contrato y retirarle el salario.
El TSJM ha rechazado la postura de la empresa y ha confirmado, además, una indemnización de 3.700 euros por daños y perjuicios por vulneración del derecho a la conciliación.

Lo que implica para los trabajadores

Este fallo es especialmente relevante porque:

  • Garantiza que el permiso parental no puede suponer pérdida de vacaciones.
  • Refuerza el derecho a la conciliación y evita que las empresas puedan penalizar a quienes ejercen este derecho.
  • Deja claro que la relación laboral no queda suspendida durante el permiso parental.

Desde el SLT consideramos esta sentencia un avance en la defensa de los derechos laborales y familiares, que aporta seguridad jurídica frente a posibles abusos empresariales. El permiso parental está pensado para facilitar el cuidado de los hijos y no puede convertirse en una excusa para recortar derechos ya consolidados.

Más noticias

SLT suma un nuevo delegado en Lanzarote

El Sindicato Libre de Transporte continúa creciendo en Lanzarote tras las elecciones sindicales celebradas en Autocares Hermanos Díaz Melián. La candidatura de SLT obtuvo 12

Envíanos un mensaje