LAS BAJAS MÉDICAS NO SE CUENTAN: SE JUSTIFICAN

En los últimos meses se está instalando un discurso cada vez más preocupante alrededor de las bajas médicas.

Se habla de absentismo, de incremento del gasto, de mayor control y hasta se han difundido titulares que pueden hacer creer a los trabajadores que tener más de dos bajas médicas al año puede suponer una sanción.

Desde SLT queremos dejarlo claro:

NO EXISTE UN LÍMITE GENERAL DE DOS BAJAS MÉDICAS AL AÑO.

Un trabajador puede sufrir dos, tres o más procesos de incapacidad temporal si existe una causa médica que realmente le impide desarrollar su trabajo.

La normativa no establece que alcanzar una determinada cantidad de bajas convierta automáticamente al trabajador en sospechoso ni que pueda ser sancionado simplemente por enfermar varias veces.

La incapacidad temporal comienza mediante la correspondiente declaración médica y está sometida a mecanismos de seguimiento y control.

PERSEGUIR EL FRAUDE, SÍ. CRIMINALIZAR AL ENFERMO, NO.

Desde SLT no defendemos ningún uso fraudulento de las bajas médicas.

Quien simula una enfermedad para cobrar una prestación que no le corresponde perjudica al sistema y también perjudica al resto de trabajadores.

Pero una cosa es combatir el fraude y otra muy diferente partir de la presunción de que quien enferma varias veces está defraudando.

La propia Ley General de la Seguridad Social establece cuándo puede denegarse, anularse o suspenderse la prestación de incapacidad temporal.

Entre esos supuestos se encuentran actuar fraudulentamente para obtener o mantener la prestación, trabajar durante determinadas situaciones incompatibles con ella, abandonar injustificadamente el tratamiento médico o no acudir a los reconocimientos requeridos.

La ley no dice que la tercera baja del año sea fraude, ni la cuarta, ni establece un contador de enfermedades a partir del cual un trabajador pierda automáticamente su derecho.

UNA BAJA MÉDICA NO ES UNA FALTA INJUSTIFICADA AL TRABAJO

También deberíamos empezar a utilizar correctamente las palabras.

Cuando un trabajador tiene una incapacidad temporal reconocida médicamente, estamos ante una ausencia justificada por una situación de salud.

No puede ponerse en el mismo plano que quien simplemente decide no acudir a trabajar.

En los últimos meses las bajas laborales se han convertido en uno de los asuntos centrales del debate empresarial. Es cierto que su número y su coste han aumentado considerablemente: RTVE recogía este verano que las ausencias por enfermedad se han duplicado en una década y que el coste total superó los 35.000 millones de euros en 2025.

Son cifras que deben analizarse.

Pero precisamente por eso hay que hacerse la pregunta completa.

¿Por qué están aumentando las bajas?

Envejecimiento de las plantillas, retrasos sanitarios, enfermedades profesionales, accidentes laborales, salud mental, cargas de trabajo, dificultades para adaptar puestos o problemas de prevención también forman parte del problema.

Reducir todo eso a la idea de que “los trabajadores se dan demasiadas bajas” puede ser políticamente sencillo.

Resolver las causas es bastante más difícil.

EL TRABAJADOR YA ESTÁ SOMETIDO A CONTROL

Tampoco es cierto que una baja médica sea una especie de cheque en blanco.

Los procesos de incapacidad temporal cuentan con revisiones y mecanismos de control por parte de los servicios públicos de salud, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y, dentro de sus competencias, las mutuas.

La legislación contempla informes médicos de control y permite incluso formular propuestas de alta cuando se considere que el trabajador puede haber recuperado su capacidad laboral.

Por tanto, el debate no puede construirse como si actualmente nadie comprobara las bajas. Controles ya existen.

Y desde SLT no nos oponemos a que funcionen correctamente.

A lo que nos oponemos es a convertir esos controles en una presión para que una persona enferma vuelva a trabajar antes de estar recuperada.

CUIDADO CON CONFUNDIR PRESTACIÓN Y COMPLEMENTO DE CONVENIO

Existe además una cuestión que está generando bastante confusión.

Algunos convenios colectivos pueden establecer condiciones sobre los complementos económicos que paga la empresa durante una incapacidad temporal, incluso diferenciando según el número de procesos sufridos durante el año. Eso puede afectar a cuánto complementa la empresa. Pero no significa que exista una ley general que solo permita dos bajas médicas al año.

Son cuestiones distintas.

Y confundirlas únicamente genera miedo entre los trabajadores.

DESDE SLT LO TENEMOS CLARO

  • Si existe fraude, que se investigue.
  • Si existe abuso, que se demuestre.

Pero no aceptamos que el punto de partida sea considerar sospechoso a quien enferma.

Porque detrás de cada estadística sobre incapacidad temporal hay situaciones completamente diferentes: trabajadores esperando una operación, recuperándose de un accidente, sometidos a rehabilitación, padeciendo una enfermedad o simplemente atravesando varios problemas de salud dentro de un mismo año.

Nadie elige cuántas veces va a enfermar.

El derecho a una incapacidad temporal no depende de haber agotado o no un supuesto cupo anual.

Depende de que exista una situación de salud que impida trabajar y sea reconocida conforme al procedimiento establecido.

Desde SLT defenderemos el control del fraude.

Pero con la misma firmeza defenderemos que estar enfermo no convierta a ningún trabajador en sospechoso.

SLT | Sindicato Libre de Transporte

Los derechos se defienden también frente a la desinformación.

Más noticias

Envíanos un mensaje